Si Usted Es Detenido O bien Detenido Por Inmigración
AGOSTO dos mil siete | version
Los inmigrantes detenidos o bien detenidos por Inmigración tienen algunos derechos. No obstante, estos derechos cambian si son arrestados o detenidos en la frontera o en un aeropuerto. En estos casos, los inmigrantes van a poder tener menos derechos. Usted probablemente tiene más derechos si es arrestado por Inmigración en el trabajo, en la calle, tras cometer una infracción de tránsito, o bien en casa. Si es detenido y detenido, es esencial que mantenga la calma y que recuerde las próximas sugerencias:
- Usted tiene el derecho de permanecerse callado. Pida hablar con un abogado.
- No firme nada. Puede ser que al firmar, usted ceda su derecho de tener un abogado o bien de aparecer delante de un juez.
- Apunte el nombre y número de teléfono del fiscal de deportación quien es asignado as su caso.
- No admita “salida voluntaria” (esto es que, no debe acceder a salir de los U.S.A. voluntariamente) sin hablar primero con un letrado. Firmar un acuerdo de salida voluntaria significa que usted no va a tener una audiencia, deberá salir de los USA, y puede que jamás le permitirán entrar a los Estados Unidos o bien conseguir la legalización de su estado migratorio.
- No firme ordenes de deportación estipulada sin primero charlar con un abogado. Firmar una orden estipulada quiere decir que usted rinde sus derechos a tener una audiencia en frente de un juez de inmigración y sirve come una orden de deportación concedido por un juez.
- No asuma que los agentes de Inmigración o bien el juez le explicarán sus opciones, o que le darán la información adecuada. Espere a hablar con un abogado ya antes de decir o hacer cualquier cosa.
- Usted tiene el derecho de llamar a un letrado o bien a su familia si usted es detenido. Usted tiene el derecho de recibir la visita de un abogado si ya ha sido detenido (en la prisión de Inmigración).
- Usted tiene el derecho a un letrado, mas el gobierno no pagará ni proveerá ese abogado. Usted deberá contratar o hallar a alguien que le represente. (Inmigración debe darle una lista de conjuntos a los cuales puede llamar que proveen consulta legal o representación gratuita o de bajo costo). Si usted es presentado frente a un juez antes que pueda conseguir un consejo legal, debe pedirle al juez más tiempo para encontrar a un letrado.
- Usted tiene el derecho de llamar a su consulado. Los números de teléfono de su consulado están disponibles en la cárcel y se los puede pedir a su fiscal de deportación. Su Consul también podrá asistirle contratar a un abogado.
- Cuando logre a un abogado, debe decirle todo lo que usted considere importante sobre su caso de inmigración, incluso si usted ha sido detenido por cometer un crimen. Es importante que cualquier persona que le dé consejos legales conozca todo sobre su caso a fin de que puedan brindarle a el mejor consejo. oficina de abogados de inmigracion la pena engañar a o bien guardar información de su letrado, ya que esto podría perjudicarle.
- Si usted piensa que su jefe lo reportó a Inmigración porque usted se quejó sobre las condiciones en el trabajo, asegúrese decírselo al abogado. Si su jefe sí lo reportó por esta razón, probablemente pueda hacer una demanda oficial en contra suya por represalia.
- En la mayor parte de los casos, Inmigración debe decidir dentro de las primeras 48 horas si se prosigue o no con el procedimiento de inmigración (delante de un juez), y es posible que sea (o no) mantenido bajo custodia o puesto en libertad bajo fianza. Después de 72 horas, Inmigración debe darle un aviso de audiencia. Este aviso le da información sobre la fecha de su audiencia en frente de un juez de Inmigración.
- En la mayor parte de los casos, tiene el derecho de solicitar que le pongan en libertad pagando una fianza, o bien de pedir una audiencia frente a un juez para fijar una fianza. (La fianza que se paga asegura que uestes se aparecerá a sus audiencias frente al juez de inmigración.) No obstante, si el juez piensa que no va a presentarse para su audiencia o bien que es un riesgo para otros, emitirá una orden para que siga en la prisión detenido.
- Si usted debe salir de los Estados Unidos, intente charlar con un abogado de Inmigración antes de salir. Si sale, puede que no le dejen retornar al país por determinada cantidad de años. Es esencial saber esto ya antes de salir, pues si regresa antes de lo tolerado, puede ser arrestado por haber cometido un crimen serio al volver a entrar al país sin autorización.
- Si teme regresar a su país de origen, dígale a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración inmediatamente. Usted podría someter una petición de asilo u otro antídoto.
- Si usted tiene antecedentes penales, es sumamente importante que se comunique con un abogado con experiencia en temas de las consecuencias migratorias de los antecedentes penales. Si tiene algún antecedente penal, obtenga un copia cellada de su expediente del tribunal delincuente.
- Si no le han dado una audiencia frente al juez de inmigración, pero ya antes de ir frente a un juez, es importante que se comuniqué con su patrón. Si no se le permite una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por que y avise a su letrado de forma inmediata.
- Usted tiene el derecho a un letrado, pero el gobierno no pagará ni proveerá ese abogado. Usted deberá de contratar o encontrar a alguien que le represente. (Inmigración debe darle una lista de conjuntos a los cuales puede llamar que proveen consulta legal o representación gratis o de bajo costo). Si usted es presentado frente a un juez antes que pueda obtener un consejo legal, debe pedirle al juez más tiempo para hallar a un letrado.
- Usted tiene el derecho de llamar a su consulado. Los números de teléfono de su consulado están disponibles en la prisión y se los puede solicitar a su fiscal de deportación. Su Consul asimismo va a poder ayudarle contratar a un abogado.
- Si tiene que salir de los U.S.A., intente hablar con un letrado de Inmigración antes de salir. Si sale, puede ser que no le permitan regresar al país por determinada cantidad de años. Es importante saber esto ya antes de salir, pues si regresa antes de lo permitido, puede ser detenido por haber cometido un crimen serio al volver a entrar al país sin autorización.
- Si teme regresar a su país de origen, dígale a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración de forma inmediata. Usted podría someter una petición de asilo o bien otro remedio.
- Si usted tiene antecedentes penales, es sumamente esencial que se comunique con un abogado con experiencia en asuntos de las consecuencias migratorias de los antecedentes penales. Si tiene algún antecedente penal, obtenga un copia cellada de su expediente del tribunal criminal.
- Si no le han dado una audiencia frente al juez de inmigración, pero antes de ir frente a un juez, es importante que se comuniqué con su patrón. Si no se le deja una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por que y avise a su abogado de forma inmediata.