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shortsice9

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SPOILER ALERT!

El Colapso Administrativo Provoca Un Aumento De Consultas En Materia De Extranjería

El Colapso Administrativo Provoca Un Incremento De Consultas En Materia De Extranjería

  • Una de cada tres consultas recibidas estos días en el departamento de Derecho Administrativo de Legálitas se refiere a inconvenientes derivados con la regularización de extranjeros, traer familiares, pedir nacionalidad, renovaciones de permisos o bien peticiones de asilo político entre otras. 

Las consultas jurídicas en materia de extranjería son siempre muy recurrentes a lo largo del año en el departamento de Derecho Administrativo de Legálitas, sin embargo, la relajación sufrida a lo largo de los primordiales meses de confinamiento (marzo, abril y mayo) supusieron un promedio de un 18 por ciento con respeto al total de la materia administrativa.

En los últimos meses y especialmente estas semanas, se ha registrado un considerable incremento de nueve puntos porcentuales (veintisiete por cien ), llegando incluso al 31 por cien en alguna de ellas, donde una de cada tres consultas recibidas en Administrativo fue sobre temas relacionados con extranjería: personas que desean regularizar su actual situación, que quieren traer algún familiar, solicitantes de asilo político que no les resuelven, demandantes de renovaciones o bien demandantes de nacionalidad entre otras casuísticas. A las dudas que puedan tener con el procedimiento concreto, se añade ahora el problema de no disponer de citas para la tramitación y, habitualmente como comentan, les caduca dicho procedimiento que es, verdaderamente, la gran preocupación de todos los afectados.

Pese a que la actual situación produce retrasos en las administraciones y, por lo tanto, se puedan muestran más comprensivos a la hora de aplicar sanciones, el hecho de tener caducada su tarjeta de larga duración, a nivel extranjería, aunque deba regularizarse no les debería suponer, en principio, un inconveniente si les parase la autoridad competente con pretensión de abrir un procedimiento, ni para renovarla incluso estando fuera de plazo. De cualquier modo, se aconseja que, de cuando en cuando, se saquen “pantallazos” de las ocasiones que han intentado sacar cita de forma en línea y la aplicación les ha mostrado que no existen citas disponibles.

No renovar la tarjeta de residencia en tiempo y forma podría suponer una multa llegado el caso, mas no la pérdida del derecho a mantenerla, a tenor de momento actual que atravesamos. La mayor inquietud que genera inseguridad a los extranjeros residentes en España y que transmiten a los abogados de Legálitas, se refiere a la caducidad de sus tarjetas temporales puesto que, en circunstancias normales, no renovar los requisitos en plazo podría suponer esa tarjeta temporal.

La Administración, con el fin de aportar la debida seguridad jurídica frente a la situación generada por la crisis sanitaria y eludir que los extranjeros pudiesen encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida por Orden SND/421/2020 de dieciocho de mayo, acordó prorrogar de forma automática todas aquellas autorizaciones que hubieran vencido durante la vigencia del estado de alarma decretado el catorce de marzo, como de aquellas que vencieron en los tres meses previos a su declaración, esto es, las tarjetas caducadas entre el catorce de diciembre de 2019 y el veintiuno de junio de 2020.

Las prórrogas

La prórroga referida surte efectos desde el día después al de la caducidad de la autorización, a lo largo de los 6 meses siguientes del estado de alarma, es decir, estas autorizaciones están prorrogadas hasta el veintiuno de diciembre de 2020.

Normalmente se pueden renovar, pero en dependencia del trámite se va a hacer unos meses antes o después de su vencimiento. inmigracion abogado Por poner un ejemplo, para renovar un permiso de residencia y trabajo se dispondrá de 3 meses más para hacerlo, a contar desde el mismo veintiuno de diciembre, data hasta la que ha quedado prorrogado su permiso por el estado de alarma.

La orden SND 421/2020 dictamina que queden prorrogadas, por 6 meses desde la finalización del estado de alarma las:

  • Autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo, autorizaciones de estancia por estudios, prácticas no laborables o bien servicios de voluntariado.
  • Tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
  • Tarjetas de identidad de extranjero concedidas con base en una vivienda de larga duración.

Teniendo en cuenta las prórrogas citadas, la recomendación es procurar lograr cita en Extranjería en la Sede de Administraciones Públicas o, si el trámite lo permite, hacer la presentación telemática por medio de la Sede electrónica Segregaría de Estado de Administraciones Públicas usando un certificado digital. En este caso, una vez presentada en plazo, debemos quedarnos con el resguardo, pues este hecho acredita que se ha presentado en plazo y se comprende prorrogada hasta su resolución.

Actualmente, asimismo se permite la presentación telemática, no solo de renovaciones temporales, sino asimismo, de autorizaciones iniciales.