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SPOILER ALERT!

Preguntas Frecuentes Sobre La SituacióN Como Extranjero

Preguntas Usuales Sobre La SituacióN Como Extranjero

(Esta guía se actualizará de manera continua en función de la sucesión de acontecimientos en el estado de alarma) (Última actualización: jueves 23 de abril de 2020)

Preguntas Usuales sobre mi situación como extranjero/a en España a lo largo del estado de alarma:

  • ¿Qué sucede con mi trámite de extranjería?
  • ¿Y con mi trámite de protección internacional (asilo)?


En SJM hemos preparado este breve recopilatorio de preguntas y respuestas en el que intentamos proponer y solucionar dudas y cuestiones que pueden surgir a personas migrantes y solicitantes de asilo a lo largo de los días en los que se ha decretado el estado de alarma en España. En este periodo las administraciones públicas han cerrado sus puertas y suspendido la mayor parte de los trámites presenciales. En este documento pretendemos dar contestación a algunas de las preguntas que pueden surgir en este contexto. 

La atención personal en las distintas ciudades en las que están presentes hasta nuevo aviso. No obstante, durante este periodo surgen muchos interrogantes que demandan información y calma. cita de nie

¿Hasta cuándo está previsto que dure el estado de alarma en España?

El pasado día catorce de marzo el Gobierno de España decretó el estado de alarma durante un plazo de quince días naturales, hasta el veintinueve de marzo. Sin embargo, el Gobierno ha propuesto al Congreso de los Diputados sucesivas ampliaciones del estado de alarma por 15 días auxiliares y el pasado 22 de abril el Congreso aprobó la última. En consecuencia, la situación de estado de alarma queda ampliada hasta el 10 de mayo.

El Gobierno puede ampliar de nuevo el estado de alarma si estima que las circunstancias que dieron lugar a su declaración inicial persisten, y si el Congreso de los Diputados se lo autoriza. Por tanto, no sabemos con certidumbre hasta cuándo durará.

 1. TRÁMITES DE EXTRANJERÍA

Tengo que efectuar un trámite de extranjería frente a la Administración en estos días. ¿Puedo acudir? ¿Y si tenía una cita para ello pedida desde hace cierto tiempo?

Lamentablemente todas y cada una de las Administraciones que efectúan trámites documentales de extranjería y protección internacional han cerrado las atenciones presenciales, salvo casos previstos de manera expresa y excepcionales, a lo largo de la vigencia de la actual situación de estado de alarma.

Por lo tanto, todas y cada una de las citas anteriormente acordadas han sido anuladas. Si el trámite que tienes que hacer necesariamente es presencial, como puede ser acudir a realizar el trámite de huellas de tu tarjeta de residencia o del documento identificativo como demandante de protección internacional- asilo- o a efectuar la entrevista o segunda entrevista de protección internacional, tendrás que prestar atención a conseguir una nueva cita cuando concluya el estado de alarma.

No tenemos certidumbre sobre exactamente cómo va a marchar respecto al sistema de citas la oficina de extranjería de tu provincia de vivienda una vez concluya el estado de alarma.

En cualquier caso, si la cita la pediste tú, posiblemente recibas un mensaje de móvil (SMS) o un correo (en la dirección de correo que facilitaste) por parte de la Oficina de Extranjería dándote una nueva cita. Si esto no ocurre, pues deberás pedir una nueva cita por tu cuenta.

Si la cita te la pidió un amigo/a, abogado/a o bien trabajador/a social, pídele que te informe si recibe tu cita por e-mail o bien móvil (SMS).

Además, recuerda que con la declaración del estado de alarma la circulación por los espacios públicos está limitada a causas excepcionales y lo mejor es que te quedes en casa o bien en el centro de acogida/ centro de migraciones donde hoy en día radicas.

Pero, la documentación que iba a presentar en mi cita, como el certificado de antecedentes penales de mi país, me caduca en las próximas semanas…

La Administración reconocerá como válidos los documentos que hayan caducado a lo largo del actual estado de alarma, con lo que incluso de esta manera vas a poder aportarlos. Si te da más tranquilidad dejarlo presentado mientras que se halla en período de validez, siempre y en toda circunstancia puedes decantarse por presentarlo por vía telemática (por la red) en los sitios oficiales que explicamos más adelante.

Tengo un procedimiento de extranjería pendiente de solucionar, ¿Me podrían contestar durante el estado de alarma?

Las instrucciones que ha dado la Administración a los funcionarios de extranjería es resolver los expedientes que no necesiten de trámites siguientes (como, por ejemplo, requerimientos) y que vayan a solucionar favorablemente. Conque, si tu expediente está completo y cumple los requisitos, es posible que sí te contesten.

La oficina de extranjería me ha hecho un requerimiento y me han dado solo diez días de plazo para contestar, o, me ha rechazado una petición de extranjería y tengo un mes para recurrirlo, ¿lo tengo que responder ahora?

El gobierno central ha declarado, al unísono de declarar el estado de alarma, la suspensión de los plazos administrativos. Esto desea decir que los quince días iniciales que dure el estado de alarma (y las ampliaciones del mismo) serán todos inhábiles y no van a contar en los plazos que tienes con la Administración. Considera tal y como si todos los días del estado de alarma fuesen domingo. Una vez se declare la finalización del estado de alarma, volverán a contar los días hábiles.

Por ejemplo, si el día miércoles 11 de marzo te avisaron que tienes un plazo de 10 días hábiles para presentar un documento, únicamente van a contar como días hábiles el doce y trece de marzo. Desde ese momento se encuentra paralizado el plazo. Si el estado de alarma concluye efectivamente el doce de abril, desde esa fecha te restarán 8 días hábiles de plazo para cumplir con lo requerido. Es decir, en un caso así, hasta el miércoles veintidos de abril.  

Tengo la tarjeta de residencia caducada. ¿Su valía se prorroga de manera automática con la declaración del estado de alarma? ¿Con qué plazo cuento para renovarla?

La normativa de extranjería establece como norma que tienes de plazo hasta noventa días naturales- tres meses- después de la caducidad de tu tarjeta de vivienda para pedir su renovación. Si no lo haces, pasas a estar en situación irregular en España.

La Administración no ha aclarado que la vigencia de los permisos de residencia quede extendida, con lo que no podemos asumir que así sea.

Por lo que, si sabes o bien prevés que el plazo de 90 días para renovar tu permiso de vivienda van a transcurrir durante el tiempo de estado de alarma, procura presentar la renovación por medio de medios electrónicos. Esto lo puedes hacerlo tú mismo o bien por medio de alguien que te represente y tenga un certificado digital para presentarlo por la red, a través del o bien la .

Las oficinas de extranjería están ya dispuestas para esta situación. Considerarán la solicitud de renovación presentada y, si bien le falten documentos, solicitarán la subsanación sin que el plazo comience a contar hasta el momento en que concluya el estado de alarma.  

Entonces… si estoy sin papeles y me encuentro con la policía en la calle, ¿me pueden detener? ¿pueden internarme en un Centro de Internamiento de Extranjeros- CIE- para procurar expulsarme a mi país?

La tendencia actual en los centros de internamiento de extranjeros es la resolución de adoptar medidas de puesta en libertad de los presentes internos por las dificultades para ejecutar las repatriaciones a sus países de origen. No obstante, las leyes de extranjería siguen estando en vigor y no podemos asegurar que no vaya a haber o esté habiendo detenciones por no estar residiendo legalmente en España durante el tiempo del estado de alarma.

Por lo que, si estás pendiente de regularizar tu situación, es mejor que te quedes en casa preparando tu expediente y tu porvenir. Por tu seguridad, y por el hecho de que nuestras autoridades sanitarias nos lo solicitan para procurar eludir la propagación de la enfermedad.

¿Qué puedo hacer si soy víctima de un delito en este período de estado de alarma?

A pesar de la situación excepcional, las leyes penales españolas prosiguen plenamente en vigor. Si eres víctima de un delito, puedes llamar al teléfono urgencia- 112- de emergencia policial- noventa y uno- o bien de guardia civil- 062- y te señalarán de qué forma actuar. Si prefieres no usar la por teléfono, por problemas de idioma o de otra índole, puedes desplazarte a una comisaría de policía o guarda civil próxima, que están todas abiertas al público para denuncias.

También te recordamos que los servicios de apoyo y demanda para víctimas de violencia de género siguen marchando. Puedes llamar al dieciseis a lo largo de las 24 horas del día, donde te pueden asesorar hasta en 52 idiomas. Encuentra .

Recuerda que no vas a ser sancionada por estar en la calle si has salido de tu casa o centro de acogida debido a una situación de urgencia y con el propósito de dirigirte a las autoridades a denunciar la situación.

 Estoy de visita en España y no voy a poder regresar a mi país hasta que concluya la urgencia sanitaria. Después de los 90 días a los que estoy en mi derecho a estar en España, ¿voy a estar en situación irregular?

No. La Administración ha extendido el plazo de tu estancia legal en España si no puedes volver debido a la urgencia sanitaria. Con lo que, al menos en el tiempo que dure la declaración del estado de alarma en España, y asimismo mientras que tu país no permita la llegada de personas procedentes de España, estarás en situación regular en España. solicitar cita extranjeria

Estoy en el sistema de acogida del Programa de Atención Humanitaria a Inmigrantes  (PAHI), ¿hay posibilidades que pierda mi plaza durante el estado de alarma?

En principio, no deberían gestionarse bajas del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Además, para colectivos frágiles puede solicitarse una prórroga de la plaza de acogida. En su caso, háblalo con el/la profesional de referencia (trabajador o educador social) del programa.

 dos. PERSONAS DEMANDANTES / O CON VOLUNTAD DE PEDIR PROTECCIÓN INTERNACIONAL (O ASILO)

Estoy en España y deseo solicitar asilo, ¿de qué manera puedo hacerlo?

La petición de asilo, o protección internacional, se efectúa mediante un trámite presencial como es la entrevista de asilo. Actualmente esas entrevistas, así como la asignación de citas para hacer esas entrevistas, se hallan suspendidas. Intenta descubrir cómo funciona el sistema de citas para solicitar asilo en tu urbe o bien provincia de vivienda para efectuarlo justo después del levantamiento del estado de alarma.

Si ya tienes una cita para la entrevista de asilo y te hallas en la frontera, CIE o aeropuerto habla con tu abogado/a de referencia pues posiblemente el procedimiento de tu solicitud asilo se realice por el procedimiento de territorio lo que en algunos casos podría beneficiarte.

Pero soy demandante de asilo y mi tarjeta roja está muy próxima a caducar. pedir cita previa extranjeria ¿Puedo continuar percibiendo ayudas del sistema de acogida?

Sí. La Administración responsable ya ha previsto esta situación y considerará tu documentación provisionalmente válida pese a estar caducada. Comenta los detalles con los técnicos de tu centro de acogida o bien O.N.G. de referencia en el sistema de acogida.

Aún no he efectuado la entrevista de formalización de solicitud de protección internacional, pero ¿podría solicitar acceso al programa de protección internacional?

Sí, puedes. Háblalo con el trabajador social de referencia del programa PAHI o de la fase de acogida del programa de protección internacional.

Estoy en el sistema de acogida para solicitantes de protección internacional, ¿hay posibilidades que pierda mi plaza a lo largo del estado de alarma?

No se gestionará ninguna baja del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Si te encuentras en la primera fase y va a terminar sin que tengas alternativa habitacional, se te pedirá una prórroga de un mes o bien hasta que finalice el estado de alarma.

Quiero viajar a España en estos días, ¿es posible?

Debido a la situación de urgencia sanitaria, España ha reforzado su control fronterizo. Desde el pasado 17 de marzo y hasta el próximo día 11 de abril (), las fronteras de España con otros estados de la UE- Portugal y Francia- también están sostienes a controles policiales de acceso. De entrada, si eres residente legal en España, o bien trabajador(a) transfronterizo, vas a poder acceder.

Si no tienes una autorización de residencia en España, es muy posible que no te dejen acceder en los controles documentales, tanto de las fronteras interiores con la Unión Europea, como en la frontera entre España y Marruecos.  

Si te impiden el acceso a territorio de España, recuerda que puedes solicitar que te avisen por escrito los motivos para el óbice, como la posibilidad de tener asistencia letrada gratuita e intérprete, si lo precisas.

Si quieres entrar en España por el hecho de que tu vida o bien integridad física corren riesgo en tu país de origen o bien en el país en el que estás, consigue el contacto de alguna asociación, Organización no Gubernamental o abogado/a que esté en España – preferiblemente en la ciudad a la que desees entrar – a fin de que te indique de qué forma proceder.

Para cualquier otra duda o consulta, puedes escribir a

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Puedes escribirnos por WhatsApp en el +34 691 130 ochocientos sesenta y cuatro.